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instrumentos
internacionales
protección de la información
protección ante vigilancia
derecho a la utilización de encriptación
1. Protección de la información
Leyes de Protección
de los Datos Personales
La legislación
sobre protección de datos personales en América Latina se ha
demorado demasiado, situación que ha permitido que se consolide
la actuación de muchas empresas que se dedican a vender datos
personales.
Luego de largos
debates parlamentarios, algunas leyes ya aprobadas sufrieron vetos
presidenciales (resultado del lobby de las empresas que
comercializan datos personales, ver Argentina
y Brasil). De esta forma algunos países
poseen leyes consideradas adecuadas: Argentina, Chile, Panamá,
Paraguay. Otros sólo poseen legislación sobre la acción de Habeas
data: Brasil, Ecuador.
Estas leyes
se relacionan directamente con las de acceso a la información y
con las que regulan la actividad de las empresas que comercializan
datos personales, pero la tendencia es a legislar en forma
separada, procedimiento que produce conflictos entre los
diferentes derechos. Existen leyes
para regular las sociedades
de información crediticia (bureaux de crédito) en México, Panamá y
Uruguay.
datos personales accesibles en Internet.
En los últimos años se han
extendido en América Latina sitios en Internet asociados a
servicios públicos y privados. Muchos de estos sitios permiten
permiten identificar la información pertinente con buscador
por nombre y apellido. Como la mayoría de ellos son de acceso
libre (sin identificación de usuario) se ha creado un acceso
excesivo a los datos personales.
Algunos
ejemplos de búsqueda libre por nombre y apellido son (no se
incluyen los sitios judiciales que serán tratados aparte): Argentina:
Personas
desaparecidas en la Argentina entre 1975 y 1983, Personas
Desaparecidas y Responsables
de desapariciones, Ex-Alumnos del Colegio Nacional de Buenos Aires;
Brasil: Relação
de Apenados (personas privadas de libertad, Estado de Rio
Grande do Norte); Costa Rica: Descarga
del Padrón Electoral Ordenado por Número de Cédula, Registro
Nacional (bienes muebles e inmuebles); Chile: Médicos
Colegiados (Colegio Medico de Chile); Guatemala: búsqueda
de bodas, (corresponde a bodas de hace dos meses y las de los próximos
seis meses); México: Sociedad
Mexicana de Oncológica (profesionales matriculados), Ganadores
del sorteo de Libretón (participan en los sorteos mensuales
todas las cuentas de ahorro denominadas El Libretón de Bancomer
BBVA, vigentes al mes anterior a la realización de cada sorteo y
cuyo saldo promedio en dicho mes, sea igual o mayor a $3,000.00.
La participación no es voluntaria); Uruguay: Búsqueda
de Escribanos Jubilados; Venezuela:
Registro Electoral, Egresados
de la Universidad de Carabobo
Otros servicios de búsqueda
requieren la inscripción previa, y se accede con usuario y
contraseña. Algunos ejemplos son: Argentina:
Registro
de Deudores Alimentarios Morosos (Provincia de Mendoza); Panamá:
Servicio
de Verificación de Identidad (Tribunal Electoral). En Uruguay
se esta planificando la adopción de una historia clínica electrónica
única (ver Decreto)
Entre estos
algunos tienen características totalmente distintas, pues hacen a
personas públicas o a la seguridad pública: Argentina:
Militares
responsables de desapariciones; Brasil: relação
nominal dos presidiários fugitivos (Estado de Paraíba); Ecuador:
Directorio
de Candidatos para las Elecciones del 2002;
Uruguay: Abogados
y Escribanos suspendidos
Esto muestra la
necesidad de formular recomendaciones, buenas prácticas y
claridad sobre que tipo de acceso es razonable para cada servicio.
acceso numérico
Muchos sitios han evolucionado en
los últimos años y han suprimido la búsqueda por nombre y
apellido, ofreciendo ahora el servicio a partir de un número
personal. Algunos ejemplos son: República Dominicana: Consulta
on line Al Padrón Electoral; Uruguay: verificación
del padrón electoral
Se ha observado una
tendencia reciente a incluir en las búsquedas el ingreso de una
clave o texto que parece en forma gráfica (imagen) ver Brasil.
Ello se debe a que se ha detectado el ingreso de robots o
programas que hacen una descarga completa de la base de datos.
Estos procedimientos son muchos mas seguros y dan una señal de de
la demanda de datos personales y de la complejidad de las
soluciones.
sitios de los Poderes Judiciales
El acceso a la información
judicial es el ejemplo mas claro de conflicto entre el acceso a la
información pública y la protección de la intimidad. La información
judicial contiene muchísimos detalles de los conflictos entre las
personas y de las conductas (incluidas las delictivas).
Las críticas a la corrupción y al
oscurantismo judicial ha llevado a la gran mayoría de los poderes
judiciales en América Latina a crear sitios en Internet y a
facilitar el acceso a sus bases de datos. Para facilitar el acceso
a la jurisprudencia se incorporaron buscadores de texto libre que
pueden ser utilizados para hacer búsquedas por nombre y apellido.
Así han quedado expuestos, por ejemplo, los portadores de HIV
(ver Venezuela), denuncias
penales cuya publicidad violaría el derecho de presunción de
inocencia (sorteo
electrónico de primera instancia, Ecuador).
La primera reacción fue del
Tribunal
Superior do Trabalho que quito la búsqueda por nombre,
permitiendo solo ingresar por el numero de caso: “A pesquisa
pelo nome da parte retorna resultado somente para partes
representadas por pessoas jurídicas”. Ello se debió a que
se estaban generando "listas negras" de trabajadores que
habían iniciado acciones judiciales contra sus empleadores, situación
que les impedía conseguir nuevos empleos.
Para ejemplificar
como las bases de datos judiciales están siendo descargadas y
utilizadas para fines discriminatorios puede verse el sitio del Buró
de Informaciones Legales, una empresa en México que
comercializa esta información.
Algunos Poderes Judiciales han sido
demandados por personas que consideraron invadida su intimidad por
la difusión de datos de su vida privada en los sitios judiciales
en Internet. Un par de ejemplos son N.
N. c. Corporación Administrativa del Poder Judicial
(en Chile) y R.
M. A. vs. Presidente de la Corte Suprema de
Justicia (en
Costa Rica). Es interesante analizar estas sentencias
y ver que los jueces que firman las sentencias son al mismo tiempo
los demandados.
El tema está aun en discusión en América
Latina, la única referencia relevante son las Reglas
de Heredia,
fundamentalmente luego de su aprobación y difusión se ha generalizado
el debate y no se han creado nuevos sistemas de búsqueda.
La muy reciente decisión del
Tribunal de Justicia de Río Grande do Sur (ver Brasil)
implica que el derecho
de acceso a la información gubernamental está limitado al acceso
personal, o sea un acceso automatizado realizado por un programa
que pretende obtener una copia completa o de una parte de la base
de datos no estaría amparada en el derecho de acceso. En igual
sentido ha decidido el Superior Tribunal de Justicia de Venezuela
cuando se solicito una copia completa del Censo Electoral (ver Venezuela).
servicios Who
is?
Los servicios Who
is? como el establecido en varios países (Argentina, Chile,
Brasil, ... ) permiten identificar al responsable y su domicilio legal de un
sitio en Internet. Probablemente la diferencia en Brasil con www.registro.br
es la seriedad con que se verifican los datos del responsable. El
aviso legal de www.nic.cl crea una
duda sobre si limita la responsabilidad de quien figura como
propietario.
El procedimiento establece una garantía mínima
para la libertad de expresión, la publicidad del "editor
responsable"
personas
públicas
La Declaración
de Principios sobre Libertad de Expresión, de la Comisión
Interamericana de Derechos Humanos de la O.E.A. en su punto 10. "Las
leyes de privacidad no deben inhibir ni restringir la investigación
y difusión de información de interés público. La protección a
la reputación debe estar garantizada sólo a través de sanciones
civiles, en los casos en que la persona ofendida sea un
funcionario público o persona pública o particular que se haya
involucrado voluntariamente en asuntos de interés público" ha
introducido en el sistema interamericano el concepto de persona
pública. Sin embargo este concepto, y la consecuente reducción
del área de privacidad, no ha sido recogido en la legislación
latinoamericana. Una primera aproximación es la Integrity
in Public Life Act, (Schedule - Persons in Public Life)
de 2000 en Trinidad & Tobago.
intimidad y periodismo
El difícil balance entre libertad
de expresión, la protección de la intimidad y otros derechos
fundamentales ha sido el motivo de la creación del Consejo
de Ética de los Medios de Comunicación de Chile. y
describir cómo este tipo de instituciones pueden inducir un
equilibrio de derechos (ver Fallos)
privacidad y delincuencia Algunas
personas piensan que el acceso a los registros de antecedentes
penales debería ser libre, este es un tema de discusión en
varias regiones del mundo. En América Latina prácticamente todas
las leyes establecen que el acceso a estos registros puede ser
realizado por los jueces o por el propio interesado. Por
otra parte se ha generalizado en América Latina la creación de
bases de datos (con registros genéticos) de delincuentes. Por
ejemplo la Deoxyribonucleic
Acid (DNA) Identification Act, de Trinidad & Tobago
incluye también a las victimas en estos registros. otras
leyes Ejemplos de otras
leyes que son necesario tener en cuenta para un equilibrio de
derechos: Argentina: Ley
sobre el Síndrome de inmunodeficiencia adquirida (SIDA). (artículo
2 (d) y (e) y Decreto
Reglamentario, articulo 2); Costa
Rica: Ley
General sobre el VIH-SIDA (artículo 43); Chile: Ley
sobre cambio de Nombres y Apellidos; Paraguay: Ley
sobre Información de Carácter Privado; Perú: Normas
reglamentarias para los casos de homonimia;
Venezuela: Ley
de Transfusión y Bancos de Sangre
2.
Protección ante vigilancia
seguridad nacional
La privacidad de las
comunicaciones (y la posibilidad de hacer intervenciones
telefónicas o de otras comunicaciones)
es un tema reciente de discusión, pues se insiste en presentar
las leyes de protección de la intimidad como un obstáculo para
la investigaciones contra la delincuencia y el terrorismo. Un
ejemplo es la reciente Ley de Seguridad Nacional
en México o el Decreto
1563/2004 sobre captación
y derivación de las comunicaciones en Argentina. Sobre este
último punto Horacio
Fernández Delpech señala que normativas, como la Ley
25.873, son útiles y acordes a las modernas legislaciones,
que lejos de afectar la privacidad, brindan un importante
instrumento en la lucha contra la delincuencia y dotan al correo
electrónico de una eficacia probatoria hoy inexistente y cada vez
más necesaria. Fernández Delpech considera además conveniente
limitar el plazo de conservación establecido en el Decreto
1563/2004 a uno o dos años como aconseja la experiencia
legislativa internacional (estos argumentos deben ponerse en el
contexto de los artículos 18, 19 y 20 de la Ley
25.520, o sea la necesidad de una orden judicial). Según Pablo
Palazzi "La ley y el decreto forman parte de un movimiento a nivel mundial para tratar de evitar que las nuevas tecnologías sirvan solo para delinquir y no para prevenir el
delito".
Otro ejemplo es la
Providencia Administrativa 527 de Conatel (ver Venezuela)
que establece como recaudo para la contratación de un servicio de
telefonía móvil la impresión de las huellas dactilares, y además
obliga a los operadores del servicio a llevar un registro
detallado de llamadas.
3.
Derecho a la utilización de encriptación
No
se han encontrado limitaciones para el uso de la encriptación
en América Latina, ni algo similar a la Ley General de
Telecomunicaciones de España que en el artículo 52,
apartado 1 del artículo autoriza el libre uso de la criptografía,
sin embargo, en el apartado 2 dice que: “...se podrá imponer
la obligación de notificar bien a un órgano de la Administración
General del Estado o a un organismo público, los algoritmos o
cualquier procedimiento de cifrado utilizado, a efectos de su
control de acuerdo con la normativa vigente...”
Sin
embargo el Decreto
1563/2004 (artículo 2. j. 8) introduce conceptos preocupantes (ver Argentina)
que, sin embargo, como comenta Ariel
Torres aplicar las escuchas a Internet podría ser "algo técnicamente
inviable".
Instrumentos
internacionales
Reglas
de Heredia, Reglas Mínimas
para la Difusión de
Información Judicial en Internet
Recomendaciones
aprobadas durante
el Seminario Internet y Sistema Judicial realizado en la ciudad
de Heredia (Costa Rica), los días 8 y 9 de julio de 2003 con la
participación de poderes judiciales, organizaciones de la
sociedad civil y académicos de Argentina, Brasil, Canadá,
Colombia, Costa Rica, Ecuador, El Salvador, México, República
Dominicana y Uruguay.
Recomendaciones
1.
Promover la sanción en América Latina de leyes de protección
de los datos personales que regulen al mismo tiempo
las actividades comerciales que supongan acumulación
y venta de información personal.
Proponer estándares
técnicos para el acceso a servicios públicos en
Internet (cuando estos supongan el acceso a datos
personales); la política de privacidad debe ser transparente
y permitir a las personas conocer qué está siendo recabado sobre
ellas, y reconocer el derecho a oponerse y corregir información
equivocada;
Promover que
la legislación nacional establezca la categoría de personas
públicas y cuales serían las limitaciones a sus derechos de
privacidad
Establecer la
obligatoriedad del establecimiento y cumplimiento de
reglas estrictas de seguridad (lógica y física) de las bases de datos
que contengan datos personales.
2. Restringir la intervención
y vigilancia de cualquier tipo de comunicación a
una orden judicial dictada dentro de un marco
normativo respetuoso de las libertades individuales
y los derechos de privacidad.
3. Enfatizar la
necesidad de contar con procedimientos de encriptación
para la protección de información personal y
confidencial. No poner restricciones al desarrollo y
acceso (exportación o importación) de software
para encriptación.
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