4: Software libre, desarrollo de tecnología y derechos de propiedad intelectual

4.1 Software libre
: Apoyamos el uso de software libre y de fuente abierta. Trabajar con software libre es potenciador, construye capacidades, es más sostenible y fomenta la innovación en el ámbito local. Alentamos a los gobiernos a elaborar políticas y regulaciones que estimulen el uso de software libre, especialmente en el sector público.

4.2 Estándares técnicos
: El desarrollo de estándares técnicos debe encarar las necesidades de todos los sectores de la sociedad, especialmente aquellos que confrontan limitaciones y obstáculos para estar en línea (como comunidades que no usan caracteres latinos, personas con discapacidades, personas con computadoras antiguas).


4.3 Derechos de propiedad intelectual
: Los derechos de propiedad intelectual deben proteger de la explotación al conocimiento comunitario y tradicional indígena y éstos no debe ser usados por corporaciones para extraer ganancias monopólicas de los recursos de información.
 

Software libre/de fuente abierta, desarrollo de tecnología y derechos de propiedad intelectual

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 instrumentos internacionales

software libre y estándares técnicos
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erechos de propiedad intelectual

 

1. Software libre y estándares técnicos

Según Jorge Bossio existe una gran confusión sobre ¿qué es? y ¿qué implicaciones tiene?. Muestra dos posiciones, una “técnica” (facilidad de uso, disponibilidad de versiones, seguridad, disponibilidad de soporte técnico, versiones, documentación, Total Cost of Ownership, etc ... ) , del otro lado se plantea una visión “política” (desarrollo de capacidades endógenas, libertad crear, políticas de investigación científica, apuestas por el largo plazo), e incluso se dice que es un tema de  “soberanía”.

Según Lena Zuñiga "el concepto de "Software Libre" se refiere al derecho irrestricto de ejecutar, copiar, distribuir y modificar el software ...  el software libre le brinda a las personas usuarias las siguientes libertades: (1) La libertad de ejecutar el programa con cualquier propósito; (2) La libertad de estudiar cómo funciona el programa y adaptarlo a las necesidades propias; (3) 

La libertad de redistribuir copias del programa; (4) la libertad de mejorar el programa y liberar esas mejoras al público.

Existen varios elementos relevantes para analizar el software libre: en primer lugar que puede ser visto como gratuito, pero aun así tiene costos (de desarrollo), y esos costos suelen ser atendidos directa o indirectamente por los Estados; que les da a los gobiernos más autonomía e independencia, pues se trata de código abierto y de alguna forma requiere el fortalecimiento de los expertos informáticos dentro del gobierno; y que facilita exponencialmente el desarrollo social pues los productos de software son así mas accesibles y además promueve capacidades de programación y diseño a nivel local.

Quizás por estos argumentos es que se discute si los gobiernos deben o no preferir para sus aplicaciones el software libre. Uno de los obstáculos que aparece en la visión estatal del software son los aspectos de mantenimiento, el software libre pone en una situación más débil (o más difícil de manejar) pues las emergencias deben resolverse sobre una relación laboral y no sobre un contrato con un proveedor con penalidades por incumplimiento. Usar software libre en aplicaciones críticas obligaría al Estado a crear cuadros técnicos más sofistificados (una alternativa interesante parecen ser las empresas estatales o de economía mixta que en Brasil son proveedoras de software para el Estado, por ejemplo en el Estado de Paraíba).

Sin el apoyo de los gobiernos (como usuarios y como promotores) seria prácticamente imposible que se desarrolle el software libre.  Analizando la situación en América Latina el panorama es que fundamentalmente el gobierno de Brasil tiene una actitud favorable hacia el software libre (y quizás también Argentina, México y Venezuela) y por el otro lado gobiernos calificados como "neutrales" (por ejemplo Chile y Uruguay). Hay dos elementos distintivos: la estructura federal y la "escala" de las estructuras gubernamentales.

Los sistemas federales tienden a tener mayores estructuras regionales (estados o provincias) y municipales, y esto esta correlacionado con la escala de la demanda de software de los gobiernos. Países con menor escala estatal podrían saturar  rápidamente la capacidad de la industria del software, por eso la empresas de desarrollo han estado mirando mucho más a la exportación de servicios. Un problema de rendimientos decrecientes por el tamaño del mercado local.

Hasta aquí parecería que el software es una opción indiferente para el Estado, con ventajas (independencia y autonomía) y desventajas (riesgos que deben ser atendidos con responsabilidad interna). 

Ahora bien, en los modelos económicos de Estado hay opciones para el uso de bienes y servicios, en algunos se distribuyen los costos entre toda la sociedad, en otros los costos son pagados por los usuarios directos (un ejemplo simple, las calles son construidas con los aportes de los residentes, y son de uso gratuito para residentes y visitantes). Así, los impuestos, cuando son proporcionales o progresivos a los recursos, y no al uso, crean un sistema más justo. Qué bienes y servicios entran en un modelo o en otro depende de su función social.

La disponibilidad de software libre establece un flujo entre comunidades o estados ricos y pobres, en el que todos se benefician, pero mucho más los pobres que no tienen otra alternativa. Que los gobiernos tengan preferencia por el software libre, no es un riesgo para la industria del software que, en definitiva dispone de un mercado prácticamente ilimitado allí afuera, y así no se perderían las posibilidades de desarrollo, allí dentro. Entonces, y en definitiva, es un tema de desarrollo social.

Precisamente el rôle del Estado es regular la tensión entre desarrollo social y rentabilidad económica para que la actividad económica sea un factor de desarrollo humano. Por eso no parece adecuado que el Estado sea neutral frente a la evolución de Internet y de su contexto tecnológico (ver Chile). 

Independientemente de la solución de estos y otros dilemas, el Estado tiene la obligación de "democratizar" el conocimiento y así debería liderar políticas para promover la creación de bases accesibles de conocimiento, y este concepto no excluye la producción de software libre.

En varias experiencias (ver Chile) se ha visto que el acompañamiento y apoyo que el gobierno da a la iniciativa privada en TICs es un factor fundamental de éxito.

La carta de APC no se esta refiriendo al "derecho irrestricto de ejecutar, copiar, distribuir y modificar el software" sino a un derecho de prerrogativa sobre como debe organizarse la sociedad de la información, y y este derecho estaría basado en la forma en que se creo Internet. Claramente no existe un derecho a que existan personas altruistas que renuncias a su derechos intelectuales y cedan generosamente los códigos fuentes ... creo que se trata de un derecho sobre decidir como debe ser el futuro de internet. 

2. Derechos de propiedad intelectual

Los doctrinarios del derecho europeo señalan a Internet como un medio de "difusión indiscriminada" (universal, persistente, sin olvido), y este es uno de sus argumentos para las políticas de no colocar datos personales (sensibles o no) en Internet.

Según Federico Andrés Villalba Díaz (ver Argentina) "en el acto jurídico de colocar voluntariamente una obra en el ciberespacio conlleva una licencia gratuita de uso de la aquélla ya que se trata de una declaración tácita de voluntad".

Parecería que "la necesidad que tiene toda la comunidad de acceder al conocimiento justifica la limitación de algunos derechos patrimoniales del titular de los derechos autor. Esta política  conciliadora entre los derechos exclusivos y el interés público" es motivo de discusión en América Latina. 

Los conflictos que se han detectado en América Latina hacen a la apropiación del conocimiento comunitario y de tradición indígena, como el caso de hiervas medicinales en Ecuador que fueron patentadas por corporaciones transnacionales.


Instrumentos Internacionales 

Convenio sobre Diversidad Biológica

Artículo 8.- Conservación in situ. Cada Parte Contratante, en la medida de lo posible y según proceda:

j) Con arreglo a su legislación nacional, respetará, preservará y mantendrá los conocimientos, las innovaciones y las prácticas de las comunidades indígenas y locales que entrañen estilos tradicionales de vida pertinentes para la conservación y la utilización sostenible de la diversidad biológica y promoverá sus innovaciones y prácticas, y fomentará que los beneficios derivados de la utilización de esos conocimientos, innovaciones y prácticas se compartan equitativamente;

 

 

Recomendaciones

1. Urge definir claramente que debe entenderse por software libre y cuales serian sus consecuencias esperables.

Promover que los gobiernos establezcan una preferencia por el software libre; promover el intercambio internacional de software libre.

2. Difundir los derechos de los pueblos indígenas a la propiedad intelectual de sus conocimientos, y prestarles asesoría legal para que estos reclamen su derechos históricos y que cuestiones en los tribunales las patentes registradas en contra de sus derechos.

 

 

Bibliografía

Lena Zúñiga, El Software Libre y sus perspectivas para el desarrollo en América Latina y el Caribe