"En Colombia, la Universidad de los Andes es la organización prestadora del servicio de registro de Dominios de Internet para Colombia. En el lenguaje internacional es el NIC (Network Information Center) oficial delegado por InterNIC. Por ello, toda organización que desee registrar un dominio .CO debe hacerlo por intermedio nuestro.
Teniendo en cuenta el compromiso que adquiere el Registrador de nombres de dominio frente a los solicitantes y para impedir utilización indebida de los datos suministrados y evitar, entre otras cosas la remisión de publicidad no solicitada (práctica conocida como spam), los Registradores pueden catalogar la información de sus usuarios como de carácter confidencial por lo que no deberá revelarse a terceros. La confidencialidad de los datos así suministrados y recaudados estará sujeta a la reglamentación sobre Informaciones Confidenciales y Secretos Industriales de que tratan los artículos 260 a 266 de la Decisión 486 de la Comisión del Acuerdo de Cartagena, que creó un régimen común sobre Propiedad Industrial para los cinco países de la Comunidad Andina de Naciones"
Resolucion 1455 de 2003 del Ministerio de Comunicaciones
Para efectos de la presente resolución, se aplicarán las siguientes definiciones:Artículo 1. Definiciones.
NIC COLOMBIA. NIC-COLOMBIA es la sigla que, siguiendo las prácticas internacionales en la materia, identifica al Ministerio de Comunicaciones o a quien éste delegue, en su carácter de administrador del Dominio Colombia de INTERNET. En consecuencia, asumirá los pagos y cumplirá las demás obligaciones en relación con la Internet Assigned Numbers Authority –IANA-,y la Internet Corporation for Assigned Names and Numbers –ICANN-.
NIC-COLOMBIA efectuará también funciones de registro de nombres de dominio solicitados de acuerdo con las reglas, procedimientos, instrucciones y glosario terminológico vigentes, sin perjuicio de la selección por parte suya de otros registradores a efectos de promover la competencia en forma progresiva.
Ley 633 de 2000
Artículo 91. Todas las páginas web y sitios de Internet de origen colombiano que operan en el Internet y cuya actividad económica sea de carácter comercial, financiera o de prestación de servicios, deberán inscribirse en el Registro Mercantil y suministrar a la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales DIAN, la información de transacciones económicas en los términos que esta entidad lo requiera ...
Bibliografía