Capacitación para el uso de Internet
(según el Informe de Avance al Conpes, 2001)Costos de Acceso a Internet
"En general, las tarifas de acceso a Internet por línea conmutada constan de tres cargos 13 : i) Cargo fijo, ii) Cargo por consumo y iii) Cargo por acceso a Internet. En promedio, el cargo fijo es del orden de US$2.9 al mes y el valor del impulso (Unidad del Consumo) es de US¢1.4 14 . En cuanto a los cargos de acceso, éstos dependen de cada proveedor del servicio. Los cargos anteriores se encuentran entre los más bajos de América Latina, no obstante éstos representan una importante porción del ingreso promedio de la población colombiana.
Adicionalmente, se observa que los puntos de presencia local de los ISP se encuentran concentrados en las grandes ciudades. Lo anterior ocasiona que un potencial usuario de Internet tendría que sumarle a sus costos el valor de la llamada de larga distancia hasta la cuidad donde el ISP tenga puntos de presencia local.
Para promover el acceso a Internet, la CRT expidió la Resolución 307 de 2000, mediante la cual se promueve el acceso a Internet a través de planes tarifarios para el servicio de TPBCL. En etapas posteriores se realizarán estudios de costos relacionados con conectividad nacional e internacional, definiendo posibles acciones regulatorias a tomar en estas áreas. Así mismo, el establecimiento de acceso local conmutado con tarifas reguladas definido en el proyecto Compartel contribuirá a la eliminación del cargo de larga distancia para los usuarios de los municipios directamente beneficiados"
Universidad Autónoma de Manizales
El curso: "Internet en la escuela" pretende generar un espacio de reflexión para los maestros y maestras, acerca del posible impacto de la incorporación de las NTIC en los procesos educativos, así como también sus implicaciones en la formación y funciones del maestro y el desarrollo de nuevas habilidades y competencias en los alumnos.
Inclusividad y usabilidad
Ley 527 de 1999, que define y reglamenta el acceso y uso de los mensajes de datos, del comercio electrónico y de las firmas digitales, y se establecen las entidades de certificación
Artículo 2. Definiciones. Para los efectos de la presente ley se entenderá por: a) Mensaje de datos. La información generada, enviada, recibida, almacenada o comunicada por medios electrónicos, ópticos o similares, como pudieran ser, entre otros, el Intercambio Electrónico de Datos (EDI), Internet, el correo electrónico, el telegrama, el télex o el telefax.Ley 2255 de 2002, sobre el funcionamiento de los Consejos MunicipalesArtículo 1. Si por razones de orden público, intimidación o amenaza, no es posible que los miembros de los Concejos Municipales concurran a su sede habitual, podrán celebrar reuniones no presenciales.
Para tal fin, las mayorías pertinentes podrán deliberar o decidir por comunicación simultánea o sucesiva, utilizando para tal efecto los avances tecnológicos en materia de telecomunicaciones tales como fax, teléfono, teleconferencia, videoconferencia, Internet, conferencia virtual o vía "chat" y todos aquellos medios que se encuentren al alcance de los Concejales.
Portal de Información y Servicios del Estado Colombiano (PEC) www.gobiernoenlinea.gov.co
Discapacidad: una cuestión de derechos humanos!
El siguiente espacio busca incentivar entre los ciudadanos colombianos el fomento y el respeto por los derechos humanos de las personas con discapacidad. Y así permitirles un completo desarrollo integral y elevar al máximo sus potenciales; permitiéndoles la integración digna y autónoma en una sociedad justa e igual para todos.
En nuestro país la Constitución Nacional de 1991 reconoce en su artículo13 la igualdad de derechos, libertades y oportunidades sin distinción alguna, brindando protección especial a la población vulnerable. Igualmente, existen otras leyes como la Ley General de Salud, la Ley para la Integración de Personas con Limitación o la Ley para la eliminación de la discriminación de personas con discapacidad. Que buscan lograr una igualdad de oportunidades, para las personas con discapacidad comprometiendo la corresponsabilidad del Estado, la comunidad y la familia.
Para cumplir con esto es necesario conocer las acciones del Estado colombiano en torno al tema a través de sus entidades a nivel nacional, departamental y municipal e involucrar activamente a las personas con discapacidad y a sus organizaciones representativas para evitar así todo tipo de discriminación que vaya en contra de su dignidad y derechos.
COLNODO - Demandas claves sobre género y las TIC - 10 puntos a tener en cuenta a la hora de discutir sobre las Tecnologías de Información y Comunicación (TIC) y su relación con el tema de Género
1. Reconocimiento, protección y defensa de los derechos de la mujer en la Sociedad de la Información
2. La igualdad de género, la no discriminación y el empoderamiento de las mujeres son requisitos indispensables para desarrollar la "Sociedad de la Información" de manera igualitaria y poniendo énfasis en las personas
3. Los marcos de gobernanza y políticas deben asegurar una participación plena e igualitaria
4. Todas las políticas sobre las TIC deben incorporar la perspectiva de género
5. Todas las mujeres tienen derecho al acceso a costos asequibles
6. Los programas de educación y formación deben sensibilizar sobre las cuestiones de género.
7. Las mujeres y las niñas tienen derecho a las mismas oportunidades de acceso a la educación en el campo de la ciencia y la tecnología
8. Las mujeres deben ser incluidas: Visibilizando sus puntos de vista, conocimientos, experiencia e intereses
9. No es posible un dominio público del conocimiento global que excluya el conocimiento de las mujeres
10. Todas las mujeres y niñas tienen derecho a comunicarse en completa libertad utilizando espacios on-line que sean seguros
Resolución 307 del 2000, de la Comisión de Regulación de Telecomunicaciones
Artículo 12.1.2. Tarifas del servicio TPBCL cuando se accede a Internet. Las tarifas máximas por cada 3 minutos o fracción, que se pueden cobrar por el servicio de TPBCL cuando se accede a Internet, son las siguientes:
De 8:00 a.m. a 8:00 p.m.: $ 20.oo
De 8:00 p.m. a 8:00 a.m.: $ 10.oo
En caso de no estar en capacidad técnica de cumplir con lo dispuesto en el inciso anterior, el operador de TPBCL aplicará una tarifa máxima de $16.oo por cada 3 minutos o fracción.
Integración de los medios de comunicación
Sentencia C-1147/01 de la Corte Constitucional (31 de Octubre de 2001)
"El artículo 15 de la Constitución Política consagra el principio de inviolabilidad de las formas privadas de comunicación, lo que comprende el Internet"
Acceso a la información pública
Constitución Política de Colombia
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Acceso ciudadano a los documentos
Artículo 12. Toda persona tiene derecho a consultar los documentos que reposen en las oficinas públicas y a que se le expida copia de los mismos, siempre que dichos documentos no tengan carácter reservado conforme a la Constitución o la ley, o no hagan relación a la defensa o seguridad nacional. (Texto del artículo 19 del Código Contencioso Administrativo).
Ley 190 de 1995 - Preservación de la moralidad en la administración pública
Artículo 58. Todo ciudadano tiene derecho a estar informado periódicamente acerca de las actividades que desarrollen las entidades públicas y las privadas que cumplan funciones públicas o administren recursos del Estado.
Acceso a la Ley
JURISCOL - Información Jurídica Documental Banco de la República, acceso a leyes y jurisprudencia
Acceso en el lugar de trabajo
Artículo 60. Prohibiciones a los trabajadores. Se prohíbe a los trabajadores:Artículo 62. Terminación del contrato por justa causa. [Artículo modificado por el artículo 7 del Decreto 2351 de 1965] Son justas causas para dar por terminado unilateralmente el contrato de trabajo:8. Usar los útiles o herramientas suministradas por el {empleador} en objetos distintos del trabajo contratado.
6. Cualquier violación grave de las obligaciones o prohibiciones especiales que incumben al trabajador de acuerdo con los artículos 58 y 60 del Código Sustantivo del Trabajo, o cualquier falta grave calificada como tal en pactos o convenciones colectivas, fallos arbitrales, contratos individuales o reglamentos.
empleo.com
Preguntas frecuentes sobre los cursos interactivos que se toman por Internet: ¿En mi empresa no todos los empleados tienen acceso a Internet, que solución hay?
"Generalmente es posible destinar un puesto de trabajo con acceso a Internet y dedicarlo a capacitación on line, para que todo el personal del área, o de esa oficina, piso o sector tenga la oportunidad de tomar los cursos. Incluso es posible restringir la navegación a uno o varios sitios de Internet exclusivamente desde los servidores de la Empresa. Algunas empresas están definiendo un lugar físico único en cada locación para que la persona esté más concentrada en su capacitación"
Según Milena Quijano Zapata (especial para EL TIEMPO, abogada especialista en Internet, mquijano@i-uris.com)
Así como muchos han conseguido puesto gracias a la red, otros lo han perdido por su culpa. El uso de Internet y del correo electrónico para asuntos personales, para visitar sitios de pornografía, enviar mensajes obscenos y cometer delitos contra la empresa ha causado innumerables despidos en el mundo, en empresas como Deutsche Bank, entre otras.
Pero, ¿son éstas justas causas de despido en Colombia? No hay duda de que la comisión de delitos contra la empresa lo es, pero ¿es libre el empleado de usar Internet y el correo electrónico corporativo con fines personales?
En principio, la respuesta es un rotundo no. Si se integran el artículo 62 (literal a, numeral sexto) con el artículo 60 (numeral octavo) del Código Sustantivo del Trabajo, se puede deducir que está prohibido para los trabajadores usar las herramientas suministradas por el empleador en objetos distintos al trabajo contratado.
Observatorio de Telecomunicaciones
Abarca los temas: Telefonía, Medios, Propiedad intelectual, Publicidad, Internet, Legislación y jurisprudencia, Artículos.
Es parte de la Red de Observatorios Universidad Sergio Arboleda
Bibliografía
Milena Quijano Zapata, Trabajo e Internet: un matrimonio todavía peligroso
Francisco Molina Fernández, ¿Se
necesitan leyes para el ciberespacio?